lunes, 27 de mayo de 2013

¿Que es el SEPBLAC?





SEPBLAC son las siglas del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y se trata de un órgano independiente –orgánica y funcionalmente- de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.

Es, junto a la Secretaría de la Comisión, el órgano mediante el que la Comisión lleva a cabo su cometido.

El Banco de España es el que se ocupa del régimen económico, presupuestario y de contratación del SEPBLAC. Así los trabajadores de dicho Banco destinados al SEPBLAC mantienen una relación laboral con el Banco y se rigen por sus normas de personal, pero dependen funcionalmente del SEPBLAC.

Tiene su propio espacio web, que puedes consultar aquí:


Su regulación se recoge en los artículos 45 y siguientes de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.

Las funciones que tiene atribuida en concreto son:

1. Auxilio a los órganos judiciales, MF, policía y otros órganos administrativos.

2. Dar parte a esos organismos de actuaciones de las que se deriven indicios de delito o infracción administrativa.

3. Recibir ciertas comunicaciones.

4. Análisis de la información recibida y su tramitación.

5. Ejecutar órdenes y seguir orientaciones de la Comisión, y elevar informes solicitados.

6. Supervisión e inspección del cumplimiento de las obligaciones de los sujetos obligados.

7. Emitir recomendaciones.

8. Proponer al Comité Permanente requerimientos a sujetos obligados.

9. Informar en procesos de creación de entidades financieras sobre medidas de control interno.

10. Informar en procesos de evaluación cautelar de adquisiciones e incrementos de participaciones en el sector financiero.

11. Las demás que se le atribuyan.

Los sujetos obligados por la LPBC tienen la obligación de colaborar estrechamente con el SEPBLAC, facilitando el acceso a toda la información y documentación que se requiera.

Los informes realizados por la inspección del SEPBLAC tienen valor probatorio, admitiendo, como es obvio, prueba en contrario.

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