miércoles, 22 de mayo de 2013

Principios prevencion blanqueo





En sus Recomendaciones sobre medidas de control interno para prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el SEPBLAC también ha hecho un interesante resumen sobre los principios generales que deben regir a la hora de establecer un sistema de prevención de blanqueo.

Estos son los principios que se establecen:

1. Enfoque de riesgo: Los procedimientos de PBC se han de estructurar en función del riesgo de blanqueo inherente a la actividad y forma de operar del sujeto obligado, y dependiendo de otras variables. Por tanto, no se pueden implantar procedimientos tipo o estándar, ya que cada empresa o sujeto obligado tendrá que hacerlo en función de su situación real.

2. Sensibilización: El sujeto obligado o la dirección del mismo, no puede delegar en terceros la implantación de un sistema de PBC y desentenderse del mismo, sino que ha de participar activamente y tomar conciencia de su implantación y ejecución y estar totalmente sensibilizado con la materia, implicándose completamente.

3. Foco de la prevención: Un sistema de PBC no sólo tiene que estar enfocado a la detección, análisis y comunicación de operaciones sospechosas de blanqueo, sino también a la detección anticipada de posibles clientes u operaciones de riesgo. Para ello se ha de mantener una evaluación contínua del sistema implantado.

4. Retroalimentación: los órganos de prevención y las unidades de negocio tienen que mantener un canal de comunicación para informarse sobre riesgos que se puedan ir presentando en la operaciones y así poder establecer medidas para mitigarlos. De este forma, el sistema de PBC se retroalimenta en función de las experiencias y los nuevos casos que se van presentando, con objeto de estar siempre preparado para dar una respuesta efectiva.

5. Universalidad: los protocolos de PBC se han de aplicar a todos los clientes, operaciones y ámbitos de negocio, sin que proceda hacer excepciones.

6. Adaptación al negocio: Los procedimientos, manuales, programas informáticos de PBC que maneje el sujeto obligado, tienen que estar adaptados a la realidad de cada negocio, por lo que no se deben emplear protocolos estándar.

7. Pilares de la prevención del blanqueo: Son tres las cuestiones fundamentales a examinar siempre:

    - Determinación del titular real.
    - Origen de los fondos.
    - Coherencia de la operación con el perfil empresarial y riesgo del cliente.

8. Seguimiento reforzado de nuevos clientes, productos o servicios: Se ha de hacer el seguimiento en casos de novedades durante un determinado período. Además, el sujeto obligado debe hacer análisis de riesgo previo e impacto cuando ofrezca nuevos productos, servicios o líneas de negocio.

9. Documento  práctico y ágil: Los sujetos obligados no pueden tener un manual de PBC y documentos de tipo estándar, sino que siempre han de ajustarse a la realidad y a los cambios y ser eficaces y adaptables. Las revisiones y modificaciones adquieren una importancia fundamental.

10. Revisores externos al sistema: El examen externo del sistema de PBC no puede limitarse a realizar una descripción del mismo, sino que ha de contener una opinión razonada sobre su efectividad y sobre las mejoras y rectificaciones precisas.

11. Actualizaciones y revisión de procedimientos: Los sujetos obligados han de llevar un registro de actualizaciones del Manual de PBC, describiendo modificaciones, fechas y razón de los cambios.




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